R.1: Los ingresos de gestantes Primigestas y las gestantes con menos de 14 semanas de gestación, deben estar incluidas en “Total Gestantes Ingresadas”.
R.2: En ingresos de gestantes con ecografía antes de las 20 de semanas de gestación, NO se deben incluir las gestantes con ecografía realizada en el sector privado o desde otro establecimiento de la red.
R.3: El total de gestantes ingresadas a programa debe ser igual al total de aplicaciones de Evaluación de Riesgo Psicosocial Abreviadas a Gestantes registradas en REM A03, sección B.2
Definiciones conceptuales de la sección B: Ingresos de gestantes con patología de alto riesgo obstétrico a la unidad de ARO
Corresponde a las gestantes derivadas desde nivel primario, que ingresan a control Prenatal en las Unidades de alto riesgo obstétrico (ARO) en el nivel secundario, según las patologías definidas por dicho Programa. Las patologías por las que ingresan las gestantes a este nivel son: preeclampsia (PE), síndrome hipertensivo del embarazo (SHE), factores de riesgo y condicionantes de parto prematuro, retardo crecimiento intrauterino (RCIU), SÍFILIS, VIH, diabetes, cesárea anterior, malformación congénita y otras patologías del embarazo (hipertensión crónica, nefropatía, cardiopatía, polihidroamnios, etc.).
Definiciones operacionales de la sección B: Ingresos de gestantes con patología de alto riesgo obstétrico a la unidad de ARO
Se registra a las mujeres que ingresan a control prenatal a las unidades de alto riesgo obstétrico (ARO), derivado por las patologías señaladas en el programa y en el caso que exista, según condición de violencia de genero, pueblo originario y/o situación de migrante asociada.
Regla de consistencia para la sección B: Ingresos de gestantes con patología de alto riesgo obstétrico a la unidad de ARO
R.1: El número de gestantes ingresadas a ARO debe ser menor o igual a la suma de los ingresos por patologías, ya que una gestante puede tener más de una patología.
Definiciones conceptuales de la sección C: Ingresos a programa de regulación de fertilidad
Corresponde a las personas que ingresan al programa de regulación de fertilidad, y acceden a diferentes métodos anticonceptivos, con el fin de lograr una adecuada salud reproductiva. Éstos métodos se clasifican en:
Dispositivo intra uterino (DIU) de cobre, dispositivo intra uterino (DIU) medicado, hormonal (oral combinado y progestágeno, inyectable combinado y progestágeno e implante) y preservativo (mujer y hombre).
Método de regulación de fertilidad más preservativo: corresponde a las personas que acceden a algún método anticonceptivo además del preservativos, con el fin de lograr una mayor efectividad reduciendo la mortalidad materna-perinatal , el embarazo no planificado y prevención de infecciones transmisión sexual (ITS).
Definiones operacionales de la sección C: Ingresos a programa de regulación de fertilidad
Se registra el número de personas que ingresan al programa de regulación de fertilidad, según método anticonceptivo, edad y sexo de las personas que ingresan. La entrega de preservativos a hombres y mujeres son de uso masculino.
Reglas de consistencia para la sección C: Ingresos a programa de regulación de fertilidad
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